Se desconoce Datos Sobre tutela laboral
La demanda laboral se interpone ante la jurisdicción ordinaria en su específico laboral y de seguridad social, según señala el artículo 2 del Código Procesal del Trabajo. Es asegurar, que la demanda se presenta frente a un juzgado laboral, y si en el sitio donde se debe colocar la demanda no existe individualidad, se presenta delante un media